Gestión personalizada de siniestros
Gestión personalizada de siniestros

ASEGURADO

Es la persona titular del interés asegurable cuyo patrimonio o persona podrían ser afectados, directa o indirectamente, por la ocurrencia de un determinado evento llamado siniestro.

ASEGURADOR

Son sociedades anónimas que están legalmente autorizadas a funcionar como tal, es decir, para asumir riesgos, y que, mediante el pago de una prima se comprometen a indemnizar al asegurado en caso de siniestros siempre y cuando dichos siniestros se encuentren acordes a las condiciones suscritas en la respectiva póliza.

AGENCIAS ASESORAS PRODUCTORAS DE SEGUROS

Son personas jurídicas cuya actividad es la de gestionar y obtener contratos de seguros, para una o varias empresas de seguros.

AGENTE DE SEGUROS

Persona natural que a nombre de una empresa de seguros se dedica a gestionar y obtener contratos de seguros, se regirán por el contrato de trabajo suscrito entre las partes.

AVISO DE SINIESTRO

Documento o formulario necesario para notificar un siniestro.

BENEFICIARIO

Beneficiario es quien tiene derecho a la indemnización en caso de siniestro. El asegurado puede ser distinto del beneficiario.

BIENES ASEGURABLES

Son los bienes u objetos que están expuestos a los riesgos de transporte.

CADUCIDAD DE LA PÓLIZA

Este hecho ocurre cuando dejan de surtir efecto las garantías contenidas en una póliza, por la presencia de circunstancias determinadas en el mismo contrato.

COASEGURO

Este hecho ocurre cuando dejan de surtir efecto las garantías contenidas en una póliza, por la presencia de circunstancias determinadas en el mismo contrato.

COBERTURA

Es el compromiso y deber de una compañía de seguros mediante el contrato de seguro, de cubrir los riesgos determinados en el mismo.

CONTRATO

Es el compromiso y deber de una compañía de seguros mediante el contrato de seguro, de cubrir los riesgos determinados en el mismo.

CLAÚSULAS

Son condiciones generales, particulares o especiales que establecen la compañía de seguros y el asegurado que constan en el respectivo contrato o póliza.

CULPA

Es la responsabilidad de alguien, voluntaria o involuntaria, de un hecho o acto que perjudica a otro.

DAÑO

Se refiere a la pérdida personal o material que ocurre como consecuencia de un siniestro.

DECLARACIÓN DE SINIESTRO

Obligación que tiene todo asegurado frente para notificar un siniestro dentro de un plazo determinado en el contrato.

DEDUCIBLE

Es un porcentaje o cantidad específica que un asegurado asume en todo siniestro. Dicha condición consta en el respectivo contrato de seguro.

DEPRECIACIÓN

Es la pérdida de valor de un bien como consecuencia de su uso y del transcurso del tiempo.

DOLO

Es la pérdida de valor de un bien como consecuencia de su uso y del transcurso del tiempo.

ENDOSO

Es un documento que se emite y se adjunta a la póliza mediante el que se modifica o aclara alguna cláusula, se aumenta o disminuye el valor de la prima, se incluye o excluye algún bien.

EXCLUSIÓN

Son situaciones específicas determinadas en el momento de la suscripción de la póliza que no son objeto de cobertura y de indemnización. Generalmente se excluyen situaciones que no son consideradas como eventualidades.

FINIQUITO

Es el documento suscrito por el asegurado y el asegurador en el que se certifica el pago de la indemnización y de esa manera la compañía de seguros se libera de las obligaciones estipuladas en el respectivo contrato de seguro.

INDEMNIZACIÓN

Es el documento suscrito por el asegurado y el asegurador en el que se certifica el pago de la indemnización y de esa manera la compañía de seguros se libera de las obligaciones estipuladas en el respectivo contrato de seguro.

INFRASEGURO

Se denomina infraseguro cuando el valor asegurado en la póliza es inferior al que realmente tiene. Cuando ocurre esta situación y ocurre un siniestro, la compañía de seguro tiene derecho a aplicar la regla proporcional para determinar el valor de la indemnización.

INSPECCIÓN

Es el acto mediante el cual se verifica la existencia de los bienes asegurados o los daños ocurridos a determinado bien en un siniestro.

INTERMEDIARIO DE SEGUROS

Es el acto mediante el cual se verifica la existencia de los bienes asegurados o los daños ocurridos a determinado bien en un siniestro.

LIQUIDACIÓN

Es el documento elaborado por un liquidador de siniestros, debidamente autorizado por el organismo de control y por la aseguradora, donde se determinan los detalles del siniestro ocurrido y el valor de la indemnización.

LIQUIDADOR DE SINIESTROS

Es el documento elaborado por un liquidador de siniestros, debidamente autorizado por el organismo de control y por la aseguradora, donde se determinan los detalles del siniestro ocurrido y el valor de la indemnización.

NEGLIGENCIA

Es el documento elaborado por un liquidador de siniestros, debidamente autorizado por el organismo de control y por la aseguradora, donde se determinan los detalles del siniestro ocurrido y el valor de la indemnización.

PERITO

Es el documento elaborado por un liquidador de siniestros, debidamente autorizado por el organismo de control y por la aseguradora, donde se determinan los detalles del siniestro ocurrido y el valor de la indemnización.

PÓLIZA

Es el documento elaborado por un liquidador de siniestros, debidamente autorizado por el organismo de control y por la aseguradora, donde se determinan los detalles del siniestro ocurrido y el valor de la indemnización.

PRIMA

Es la contraprestación o pago de un valor, que la aseguradora determina en función del riesgo y del valor asegurado u otros factores, por la protección que otorga en un contrato de seguro.

RASA

Es la contraprestación o pago de un valor, que la aseguradora determina en función del riesgo y del valor asegurado u otros factores, por la protección que otorga en un contrato de seguro.

REASEGURO

Es la contraprestación o pago de un valor, que la aseguradora determina en función del riesgo y del valor asegurado u otros factores, por la protección que otorga en un contrato de seguro. Para consumar este acto se firma un contrato de reaseguro entre las dos partes, en forma independiente del contrato suscrito entre la compañía aseguradora y el asegurado.

RIESGO CUBIERTO

Es el riesgo que está contemplado en el contrato o póliza y que por lo tanto goza de cobertura mediante el pago de la prima.

RESCISIÓN

Es la finalización del contrato en una fecha anterior a la originalmente prevista.

RECUPERO

Es el resarcimiento de un bien o del valor de un siniestro.

RETROCESIÓN

Es el reaseguro que hace el reasegurador de una parte del riesgo que asumió. Las entidades que reaseguran a reaseguradores son denominados retrocesionarios.

SALVAMENTO

Es el reaseguro que hace el reasegurador de una parte del riesgo que asumió. Las entidades que reaseguran a reaseguradores son denominados retrocesionarios.

SEGURO

Es el reaseguro que hace el reasegurador de una parte del riesgo que asumió. Las entidades que reaseguran a reaseguradores son denominados retrocesionarios.

SINIESTRO

Es el reaseguro que hace el reasegurador de una parte del riesgo que asumió. Las entidades que reaseguran a reaseguradores son denominados retrocesionarios.

SINIESTRALIDAD

Es el reaseguro que hace el reasegurador de una parte del riesgo que asumió. Las entidades que reaseguran a reaseguradores son denominados retrocesionarios.

SUBROGACIÓN

Son los derechos que correspondan al asegurado contra un tercero, en razón del siniestro, se transfieren a la aseguradora hasta el monto de la indemnización que abone. El asegurado es el responsable de todo acto que perjudique este derecho a la aseguradora.

SUPRASEGURO

Es la sobrevaloración por parte del asegurado de los bienes objeto del contrato de seguro. En tal situación, el siniestro se liquida con arreglo al valor de los bienes en el momento anterior a su ocurrencia.

VALOR ASEGURABLE

Es el valor de un bien o de una eventualidad objeto del contrato de seguro.

VALOR DE REPOSICIÓN

Es la cantidad de dinero que cuesta reparar el bien asegurado.