Es la persona titular del interés asegurable cuyo patrimonio o persona podrían ser afectados, directa o indirectamente, por la ocurrencia de un determinado evento llamado siniestro.
Son sociedades anónimas que están legalmente autorizadas a funcionar como tal, es decir, para asumir riesgos, y que, mediante el pago de una prima se comprometen a indemnizar al asegurado en caso de siniestros siempre y cuando dichos siniestros se encuentren acordes a las condiciones suscritas en la respectiva póliza.
Son personas jurídicas cuya actividad es la de gestionar y obtener contratos de seguros, para una o varias empresas de seguros.
Persona natural que a nombre de una empresa de seguros se dedica a gestionar y obtener contratos de seguros, se regirán por el contrato de trabajo suscrito entre las partes.
Documento o formulario necesario para notificar un siniestro.
Beneficiario es quien tiene derecho a la indemnización en caso de siniestro. El asegurado puede ser distinto del beneficiario.
Son los bienes u objetos que están expuestos a los riesgos de transporte.
Este hecho ocurre cuando dejan de surtir efecto las garantías contenidas en una póliza, por la presencia de circunstancias determinadas en el mismo contrato.
Este hecho ocurre cuando dejan de surtir efecto las garantías contenidas en una póliza, por la presencia de circunstancias determinadas en el mismo contrato.
Es el compromiso y deber de una compañía de seguros mediante el contrato de seguro, de cubrir los riesgos determinados en el mismo.
Es el compromiso y deber de una compañía de seguros mediante el contrato de seguro, de cubrir los riesgos determinados en el mismo.
Son condiciones generales, particulares o especiales que establecen la compañía de seguros y el asegurado que constan en el respectivo contrato o póliza.
Es la responsabilidad de alguien, voluntaria o involuntaria, de un hecho o acto que perjudica a otro.
Se refiere a la pérdida personal o material que ocurre como consecuencia de un siniestro.
Obligación que tiene todo asegurado frente para notificar un siniestro dentro de un plazo determinado en el contrato.
Es un porcentaje o cantidad específica que un asegurado asume en todo siniestro. Dicha condición consta en el respectivo contrato de seguro.
Es la pérdida de valor de un bien como consecuencia de su uso y del transcurso del tiempo.
Es la pérdida de valor de un bien como consecuencia de su uso y del transcurso del tiempo.
Es un documento que se emite y se adjunta a la póliza mediante el que se modifica o aclara alguna cláusula, se aumenta o disminuye el valor de la prima, se incluye o excluye algún bien.
Son situaciones específicas determinadas en el momento de la suscripción de la póliza que no son objeto de cobertura y de indemnización. Generalmente se excluyen situaciones que no son consideradas como eventualidades.
Es el documento suscrito por el asegurado y el asegurador en el que se certifica el pago de la indemnización y de esa manera la compañía de seguros se libera de las obligaciones estipuladas en el respectivo contrato de seguro.
Es el documento suscrito por el asegurado y el asegurador en el que se certifica el pago de la indemnización y de esa manera la compañía de seguros se libera de las obligaciones estipuladas en el respectivo contrato de seguro.
Se denomina infraseguro cuando el valor asegurado en la póliza es inferior al que realmente tiene. Cuando ocurre esta situación y ocurre un siniestro, la compañía de seguro tiene derecho a aplicar la regla proporcional para determinar el valor de la indemnización.
Es el acto mediante el cual se verifica la existencia de los bienes asegurados o los daños ocurridos a determinado bien en un siniestro.
Es el acto mediante el cual se verifica la existencia de los bienes asegurados o los daños ocurridos a determinado bien en un siniestro.
Es el documento elaborado por un liquidador de siniestros, debidamente autorizado por el organismo de control y por la aseguradora, donde se determinan los detalles del siniestro ocurrido y el valor de la indemnización.
Es el documento elaborado por un liquidador de siniestros, debidamente autorizado por el organismo de control y por la aseguradora, donde se determinan los detalles del siniestro ocurrido y el valor de la indemnización.
Es el documento elaborado por un liquidador de siniestros, debidamente autorizado por el organismo de control y por la aseguradora, donde se determinan los detalles del siniestro ocurrido y el valor de la indemnización.
Es el documento elaborado por un liquidador de siniestros, debidamente autorizado por el organismo de control y por la aseguradora, donde se determinan los detalles del siniestro ocurrido y el valor de la indemnización.
Es el documento elaborado por un liquidador de siniestros, debidamente autorizado por el organismo de control y por la aseguradora, donde se determinan los detalles del siniestro ocurrido y el valor de la indemnización.
Es la contraprestación o pago de un valor, que la aseguradora determina en función del riesgo y del valor asegurado u otros factores, por la protección que otorga en un contrato de seguro.
Es la contraprestación o pago de un valor, que la aseguradora determina en función del riesgo y del valor asegurado u otros factores, por la protección que otorga en un contrato de seguro.
Es la contraprestación o pago de un valor, que la aseguradora determina en función del riesgo y del valor asegurado u otros factores, por la protección que otorga en un contrato de seguro. Para consumar este acto se firma un contrato de reaseguro entre las dos partes, en forma independiente del contrato suscrito entre la compañía aseguradora y el asegurado.
Es el riesgo que está contemplado en el contrato o póliza y que por lo tanto goza de cobertura mediante el pago de la prima.
Es la finalización del contrato en una fecha anterior a la originalmente prevista.
Es el resarcimiento de un bien o del valor de un siniestro.
Es el reaseguro que hace el reasegurador de una parte del riesgo que asumió. Las entidades que reaseguran a reaseguradores son denominados retrocesionarios.
Es el reaseguro que hace el reasegurador de una parte del riesgo que asumió. Las entidades que reaseguran a reaseguradores son denominados retrocesionarios.
Es el reaseguro que hace el reasegurador de una parte del riesgo que asumió. Las entidades que reaseguran a reaseguradores son denominados retrocesionarios.
Es el reaseguro que hace el reasegurador de una parte del riesgo que asumió. Las entidades que reaseguran a reaseguradores son denominados retrocesionarios.
Es el reaseguro que hace el reasegurador de una parte del riesgo que asumió. Las entidades que reaseguran a reaseguradores son denominados retrocesionarios.
Son los derechos que correspondan al asegurado contra un tercero, en razón del siniestro, se transfieren a la aseguradora hasta el monto de la indemnización que abone. El asegurado es el responsable de todo acto que perjudique este derecho a la aseguradora.
Es la sobrevaloración por parte del asegurado de los bienes objeto del contrato de seguro. En tal situación, el siniestro se liquida con arreglo al valor de los bienes en el momento anterior a su ocurrencia.
Es el valor de un bien o de una eventualidad objeto del contrato de seguro.
Es la cantidad de dinero que cuesta reparar el bien asegurado.